SUBVENCIONES PARA ROTULAR TOLDOS Y ROTULAR VEHÍCULOS COMERCIALES EN EUSKERA

BASES

1.- SUJETOS

* Tiendas y establecimientos del sector comercio y hostelería
* Asociaciones del municipio
* Entidades de todo tipo a las que se aplica la Ordenanza Fiscal para el cobro del impuesto municipal sobre publicidad y que no sean de carácter oficial.

2.- ELEMENTOS SUBVENCIONABLES

– Rótulos
– Toldos
– Rotulación de vehículos comerciales

3.- CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES

* A quien instale un rótulo, redactado únicamente en euskera, se le abonará el 50% del importe del mismo, hasta un máximo de 360 euros.
* A quien instale un rótulo bilingüe, euskara – castellano, se le abonará el 30% del importe del mismo, hasta un máximo de 180 euros, siempre y cuando se utilice el criterio de bilingüismo activo o normalizador, es decir que el texto en euskera, bien sea por la ubicación, el tamaño de la letra, resaltado, etc. reciba un trato preferente.

4.- PROCEDIMIENTO

1.- Las normas A) y B) se aplicarán a cada cartel que se instale, de forma que un mismo comercio puede colocar dos o más rótulos si sus fachadas así se lo exigen.
2.- Quedarán excluidos de acceder a las subvenciones recogidas en los apartados a) y b) los rótulos en los que simplemente figuren el nombre, apellido o el nombre y apellidos.
3.- Quedarán excluidos los rótulos que estén incorrectamente escritos o contengan errores gramaticales. (Para evitar casos de este tipo léase el punto número 5)
4.- Se faculta al o a la Concejal de Euskera, para que pueda adoptar decisiones en casos excepcionales que se presenten y no se hallen recogidos en este acuerdo.
5.- El Ayuntamiento ofrecerá, gratuitamente, los servicios de traducción y asesoramiento a través de su Servicio de Euskera y así lo hará saber a los interesados.
6.- Se procederá a la concesión de las ayudas por riguroso orden de solicitud presentada en el Registro General del Ayuntamiento y siempre que exista partida presupuestada para tal fin.
7.- Junto con la notificación de la autorización de apertura del establecimiento se les dará cuenta a los interesados de las subvenciones establecidas por este concepto, recomendándoles, que instalen sus rótulos en euskera o en euskera – castellano.
8.- Dar traslado del presente acuerdo para su divulgación a los Servicios Técnicos Municipales para la puesta en conocimiento de los nuevos permisos de apertura, a los medios de comunicación, a Getxo Empresarial y Comercial y a las asociaciones del municipio.

NOTA

* Lo recogido en este decreto no implica que el establecimiento solicitante cumpla con las demás condiciones y requisitos estipulados por el Ayuntamiento.

5.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

* Impreso de solicitud + número de cuenta bancaria (20 dígitos)
* Factura original del rótulo o elemento instalado o modificado
* Dos fotos del rótulo o elemento instalado

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